Diferencias entre el Formulario EOIR-29 y el Formulario I290B

Cuando una persona necesita realizar una apelación de inmigración, necesita presentar ciertos formularios y seguir determinados pasos para realizarlo de forma efectiva. En este caso discutiremos las diferencias entre el Formulario EOIR-29 y el Formulario I290B, los cuales suelen causar confusión entre los solicitantes.

En Jaskot Law, consideramos que entender lo que implica el proceso legal de apelación de inmigración y los formularios correspondientes para su tramitación es de vital importancia. Es por eso que explicamos las diferencias en los formularios de tramitación de la apelación, y que nuestros abogados expertos ofrecen atención personalizada para la resolución de tu caso en particular. Contáctate con nosotros hoy mismo.

Tabla de Contenidos

    Apelación de inmigración en Estados Unidos

    La apelación de inmigración es un recurso legal por el cual una persona que ha recibido una decisión desfavorable sobre su caso puede apelarla para que esta se reconsidere. Sin embargo, para poder realizarla de manera exitosa, el solicitante deberá completar los formularios pertinentes y cumplir con los requisitos estipulados por el gobierno de Estados Unidos.

    Dos de los formularios que se usan para este proceso son el Formulario EOIR-29, conocido como “Notificación de Apelación a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)”, y el Formulario I290B, o “Notificación de Apelación o Moción”. Ambos formularios se usan para apelar una decisión desfavorable, pero aplican para diferentes casos.

    Además, cuando se realiza una apelación de inmigración, es necesario tener en cuenta que no todos los casos se pueden apelar, y que esta información estará incluida en la notificación de decisión desfavorable recibida.

    diferencia entre eoir-29 vs i290b
    La diferencia entre eoir-29 vs i290b tiene que ver con el tipo de decisión que una persona necesita apelar.

    Formulario EOIR-29

    El Formulario EOIR-29 o “Notificación de Apelación” se utiliza para apelar una decisión desfavorable ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, o BIA por sus siglas en inglés. Este formulario se utiliza para apelar una resolución negativa emitida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) sobre el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.

    Esta solicitud también se utiliza para apelar el beneficio solicitado a través del Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial. Es importante destacar que el Formulario EOIR-29 debe ser presentado en la oficina del USCIS que emitió la decisión original dentro de los 30 días calendario de la notificación de la decisión, salvo excepciones específicas.

    Para más información sobre este formulario contamos todo lo que necesitas saber de Cómo apelar a la Junta de Apelación de Inmigración.

    Tarifa de presentación 

    Los formularios que se presentan para apelar exigen una tarifa de presentación. Así, la tarifa correspondiente al Formulario EOIR-29 es de $110 dólares para su presentación. A su vez, esta tarifa puede pagarse a través de un giro postal, cheque personal, cheque de caja, o con una tarjeta de crédito si realiza el trámite por correo.

    Si decide presentar la solicitud de apelación en una oficina local, podrá pagar la tarifa solicitada a través de un cheque personal, tarjeta de crédito o débito, y tarjeta de crédito o débito recargable. No olvide consultar las tarifas de presentación actualizadas en el Desglose de Tarifas del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos, o el sitio oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).

    Completar el Formulario EOIR-29 

    Para completar el Formulario EOIR-29 es necesario que preste particular atención a las indicaciones que se encuentran en el documento. Sin embargo, y de forma anticipatoria, podemos identificar las partes en las que se divide el documento a continuación:

    PARTE 1. En esta sección deberá marcar la casilla que corresponda con su caso particular, y elegir si a) desea apelar una decisión emitida por un oficial del Departamento de Estado de Estados Unidos, como por ejemplo una petición I-130, o b) desea apelar una decisión diferente emitida por un oficial del Departamento de Estado de Estados Unidos. 

    Luego de haber marcado su decisión, deberá completar los datos solicitados en la parte correspondiente. Asegúrese de llenar el campo correspondiente, ya que la información solicitada difiere de un campo a otro.

    PARTE 2. En esta parte del documento se llenan los datos relacionados con el oficial que emitió la decisión desfavorable y con la oficina en la que se emitió dicha decisión.

    PARTE 3. En la sección tres del Formulario EOIR-29 deberá detallar las razones por las que ha decidido apelar la decisión emitida por el oficial del DHS. Recuerde que debe fundamentar con hechos y bases legales para que la apelación sea considerada para aceptación.

    PARTE 4. En esta línea se le pregunta si quiere proveer argumentos ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Deberá marcar la casilla de acuerdo a su respuesta.

    PARTE 5. En esta última sección del documento, deberá expresar si tiene la intención, o no, de presentar una declaración corta y por escrito luego de presentar esta Notificación de Apelación. 

    diferencia entre eoir-29 vs i290b
    Pra tener en cuenta la diferencia entre eoir-29 vs i290b tiene que conocer en qué casos se usa cada formulario y cuál es el que corresponde utilizar para su caso de apelación de inmigración.

    Formulario I290B

    El Formulario I290B, también conocido como “Notificación de Apelación o Moción”, es un documento que se utiliza para apelar, o presentar una moción sobre decisiones de denegación de otros tipos de solicitudes de inmigración ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).

    Para asegurar que el proceso de apelación se realice correctamente, dentro de los plazos estipulados, y que su solicitud sea considerada y/o aprobada, el solicitante deberá presentar argumentos válidos y evidencia adicional que apoyen su apelación. 

    Es necesario que tenga en cuenta que el Formulario I290B puede usarse para una multiplicidad de casos, y que para obtener más información sobre cuándo se puede utilizar el Formulario I-290B puede proceder a leer este artículo en nuestra página web.

    Tarifa de presentación 

    La tarifa de presentación correspondiente al Formulario I-290B es de $800 dólares. Sin embargo, debe recordar, que bajo algunas circunstancias, los solicitantes podrán pedir ser exentos de pagar la tarifa de presentación de este documento. Para obtener más información sobre la exención de pago de tarifas, puede visitar la página oficial de USCIS correspondiente a Additional Information on Filing a Fee Waiver, o descargar el Formulario I-912.

    Completar el Formulario I-290B

    Este formulario contiene más secciones que el Formulario EOIR-29, por lo tanto, es necesario que preste detenida atención a todos los campos y marcar las opciones que correspondan para su caso particular. A continuación, mencionaremos de forma breve las distintas secciones que posee este documento.

    PARTE 1. En esta parte se detalla y se contiene la información sobre el peticionario y/o el beneficiario. Se debe incluir el nombre del peticionario o beneficiario que realiza la apelación, el número de A (si lo tuviese), el número de su cuenta en línea de USCIS, y su dirección de correo postal.

    PARTE 2. La sección 2 del documento corresponde a la información sobre la apelación misma, es decir, especificar el tipo de decisión sobre petición que se ha decidido apelar, el número correspondiente a la petición, la fecha en la cual la decisión desfavorable fue emitida y la oficina responsable.

    PARTE 3. En esta parte del documento se detallan las bases para realizar la apelación y proporcionar una declaración que identifique la causa por la cual la decisión se presume equivocada. Además, se deberá mencionar información adicional que respalde la apelación y la moción para reapertura o reconsideración.

    PARTE 4. Aquí se contiene la información relacionada con el solicitante o peticionario, incluyendo sus datos y su firma. 

    PARTE 5. En esta sección se contienen los datos relacionados con el intérprete, si lo hubiese.

    PARTE 6. Información de contacto de la persona que prepara este documento, si la hubiese.

    diferencia entre eoir-29 vs i290b
    Una vez se haya familiarizado con la diferencia entre eoir-29 vs i290b, usted deberá presentar el formulario correspondiente y realizar el pago de la tarifa de presentación del mismo.

    Otros consejos para la presentación de una apelación de inmigración

    Tenga en cuenta que estos documentos son de suma importancia, y que completarlos de forma correcta y pertinente puede marcar la diferencia entre la aceptación y la denegación de una solicitud. Basándonos en esto, le recomendamos prestar atención a las cuestiones mencionadas a continuación:

    • Asegúrese de firmar el formulario en el espacio proporcionado. Formulario que no contenga la firma del solicitante o peticionario será rechazado.
    • Completar los formularios con letra clara y legible. 
    • No utilizar corrector líquido o cinta correctora en los formularios.
    • Cerciorarse de presentar la versión más reciente del formulario consultando los formularios actualizados en el apartado Todos los Formularios del sitio oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos. 
    • Completar los formularios en su totalidad, a monos que se indique lo contrario.
    • Completar su formulario de apelación en línea para luego imprimirlo y enviarlo por correo postal. También podrá optar por imprimir el formulario y completarlo a mano para presentarlo.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Cuáles son las principales diferencias entre el Formulario EOIR-29 y el Formulario I290B?

    El Formulario EOIR-29 se utiliza para apelar decisiones desfavorables del USCIS relacionadas con el Formulario I-130 y el I-360 ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). En cambio, el Formulario I290B se usa para apelar o presentar una moción sobre diversas decisiones de inmigración emitidas por el USCIS directamente.

    ¿Para qué casos específicos se utiliza el Formulario EOIR-29?

    El Formulario EOIR-29 se utiliza principalmente para apelar decisiones negativas emitidas sobre el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, y el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial. Este formulario debe ser presentado a la oficina del USCIS que emitió la decisión original.

    ¿Qué tarifa de presentación tiene el Formulario I290B y se puede solicitar una exención?

    La tarifa de presentación del Formulario I290B es de $800 dólares. Bajo ciertas circunstancias, es posible solicitar una exención de esta tarifa utilizando el Formulario I-912, que debe ser aprobado por el USCIS. Consulte la página oficial del USCIS para más detalles sobre la elegibilidad de la exención de tarifas.

    ¿Cuál es el plazo de presentación para el Formulario EOIR-29?

    El Formulario EOIR-29 debe ser presentado dentro de los 30 días calendario desde la notificación de la decisión desfavorable. Es crucial cumplir con este plazo para asegurar que la apelación sea considerada válida por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).