Guía completa para saber a quién puede pedir un ciudadano americano

La reunificación familiar es un pilar clave de la ley migratoria estadounidense, permitiendo a los ciudadanos peticionar por sus familiares extranjeros. Ahora bien, ¿A quién puede pedir un ciudadano americano? ¿Cuál es el propósito de una petición familiar? Hoy te daremos toda la información que necesitas ayudar a tus seres queridos. 

Si necesitas ayuda con tu petición familiar o tienes dudas acerca de tu elegibilidad para algún visado o beneficio migratorio, en Jaskot Law podemos ayudarte. Comunícate con uno de nuestros abogados hoy mismo y obtén la asistencia legal que necesitas para el éxito de tu proceso migratorio.

Tabla de Contenidos

    ¿Cuál es el propósito de una petición familiar?

    Una petición familiar otorga a tu ser querido un lugar en la lista de espera. Una vez sea el turno de visa de tu familiar, podrá ser elegible para la inmigración tras aprobar la verificación de antecedentes y cumplir con los requisitos de admisión

    Sin embargo, ten en cuenta que una petición familiar no le permitirá a tus seres queridos vivir o trabajar en Estados Unidos. Esta tan solo sirve como evidencia de la relación familiar para darle prioridad en la lista de espera. Por esto, es importante que continúes el proceso hacia un visado o la residencia permanente.

    ¿A quién puede pedir un ciudadano americano?

    A través de una petición familiar, un ciudadano americano puede conseguir la residencia permanente para los siguientes familiares:

    Cónyuge

    Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar la residencia permanente de sus cónyuges extranjeros. Esta petición busca reunir a parejas casadas legalmente y facilitar su residencia conjunta en los Estados Unidos.

    Hijos Solteros

    Los hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses tienen la oportunidad de obtener la residencia permanente de manera inmediata, priorizando la reunión familiar.

    Los hijos solteros mayores y menores de 21 años pueden solicitar la residencia a través de una petición familiar
    Los hijos solteros mayores y menores de 21 años pueden solicitar la residencia a través de una petición familiar

    Los hijos solteros mayores de 21 años también pueden ser patrocinados para la residencia permanente. Sin embargo, se encuentran en otra categoría de preferencia, por lo que deben esperar más tiempo a que su categoría de visa esté disponible debido a la alta demanda.

    Padres

    Los ciudadanos mayores de 21 años pueden solicitar la residencia permanente para sus padres a través de una petición familiar. Sin embargo, si obtuvo la Green Card a través del estatus SIJ, entonces ninguno de sus padres podrá obtener este beneficio.

    Hijos Casados

    Los hijos casados de ciudadanos estadounidenses entran en una categoría similar a la de los hijos solteros mayores de 21 años. Por esto, a pesar de que también son elegibles para una petición familiar, deben esperar a que su categoría de visa esté disponible para obtener la residencia permanente.

    Hermanos

    Los hermanos de ciudadanos menores de 21 años entran en la categoría de preferencia y puede solicitarse la residencia permanente para ellos. Esta petición familiar tiene tiempos de espera prolongados debido a la alta demanda y limitaciones en la cantidad de visas disponibles.

    Los hermanos de ciudadanos menores de 21 años entran en la categoría de preferencia y pueden solicitar la residencia permanente
    Los hermanos de ciudadanos menores de 21 años entran en la categoría de preferencia y pueden solicitar la residencia permanente

    Categorías de Preferencia familiar

    Las categorías de preferencia establecen quiénes pueden ser elegibles para la residencia permanente a través de la petición familiar de un ciudadano o residente permanente, determinando así la prioridad en el proceso de inmigración

    En la siguiente tabla encontrá las distintas categorías de preferencia y los familiares incluidos en cada una de ellas:

    CategoríaFamiliar
    Primera preferencia (F1)Hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses, que sean solteros(as) y tengan 21 años de edad o más
    Segunda preferencia (F2A)Cónyuges e hijos (solteros, menores de 21 años de edad) de residentes permanentes legales
    Segunda preferencia (F2B)Hijos e hijas solteras, de 21 años de edad, de residentes permanentes legales
    Tercera Preferencia (F3)Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses
    Cuarta preferencia (F4)Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más.

    ¿Qué requisitos debe cumplir un ciudadano americano para pedir a un familiar?

    Para iniciar una petición familiar, un ciudadano americano debe cumplir con los siguientes requisitos:

    • Tipo de parentesco: Debe demostrar claramente la relación familiar con el beneficiario. La relación debe encajar en las categorías de familiar inmediato o preferencia familiar.
    • Lugar de residencia: El patrocinador debe mantener su residencia principal en los Estados Unidos.
    • Capacidad económica: Se requiere mostrar buena voluntad y capacidad económica para respaldar financieramente al familiar tan pronto como ingrese a los Estados Unidos. Esto implica firmar una declaración jurada de apoyo que incluya ingresos anuales adecuados para mantener no solo al solicitante, sino también al familiar y a toda la unidad familiar.
    Debes demostrar que tienes capacidad económica para respaldar financieramente a tu familiar tan pronto como ingrese a los Estados Unidos
    Debes demostrar que tienes capacidad económica para respaldar financieramente a tu familiar tan pronto como ingrese a los Estados Unidos

    ¿Qué documentos debo entregar para la petición familiar?

    Para una petición familiar, debe presentar la siguiente documentación:

    • Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.
    • Prueba de ciudadanía estadounidense del solicitante.
    • Evidencia que demuestre la relación de parentesco con el familiar para quien se hace la solicitud.
    • Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus (si se presenta junto con la petición I-130).
    • Evidencia de ingresos o bienes suficientes para demostrar capacidad de mantener económicamente al familiar.
    • Para cada familiar separado: documentos y solicitudes por separado, por ejemplo, para padres, hermanos, cónyuge, hijos solteros (según la edad y estado civil).
    • Si el familiar ya está en Estados Unidos legalmente: evidencia de su ingreso legal y, si es aplicable, el Formulario I-485 para ajuste de estatus.

    Recuerda que estos son documentos generales, pero cada caso particular puede requerir documentación e información adicional. Por esto, es importante consultar a un abogado de inmigración que lo guíe en el proceso. En Jaskot Law podemos ayudarlo. Comuníquese con nuestros profesionales y de el primer paso para reencontrarse con su familia.

    ¿Cómo presentar la petición familiar?

    Paso 1: Determina la elegibilidad y relación familiar

    Verifica que seas ciudadano estadounidense y que el familiar que deseas patrocinar sea elegible según las relaciones familiares permitidas. Estas incluyen cónyuge, hijos solteros (casados o no), padres, hermanos o hermanas, dependiendo de la edad y estado civil.

    Paso 2: Completa y presenta el Formulario I-130

    Descarga el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero. Llena el formulario proporcionando información precisa sobre tu relación familiar y adjunta evidencia que respalde dicha relación. Luego, envía la documentación a USCIS siguiendo las instrucciones detalladas en el formulario.

    Paso 3: Seguimiento y espera

    Una vez presentada la petición, recibirás un acuse de recibo de USCIS. Deberás esperar a que procesen tu solicitud. Los tiempos de procesamiento varían, así que revisa periódicamente el estado de tu solicitud en el sitio web de USCIS para obtener actualizaciones.

    Paso 4: Proceso de visa y ajuste de estatus

    Dependiendo de la categoría de familiar y la disponibilidad de visas, se notificará a tu familiar cuando sea su turno para solicitar una visa de inmigrante. Si están en Estados Unidos legalmente, podrán solicitar el ajuste de estatus (Formulario I-485) para convertirse en residentes permanentes al mismo tiempo que se aprueba la I-130.

    Recuerda, estos son pasos generales basados en la información proporcionada. Las leyes y procedimientos de inmigración pueden ser complejos, por lo que es recomendable buscar asesoramiento legal. En Jaskot Law podemos ayudarte. Habla con un abogado hoy mismo con nuestros abogados y da el primer paso para una petición familiar exitosa.

    ¿Puede mi familiar quedarse en Estados Unidos mientras espera la residencia permanente?

    No, si tu familiar está fuera de Estados Unidos, presentar una petición familiar no le permite vivir o trabajar en el país. Deberá esperar fuera de EE. UU. para emigrar legalmente. Sin embargo, si tu cónyuge, hijo(a) soltero(a) menor de 21 años o padre/madre están en el país legalmente, pueden solicitar el ajuste de estatus con el Formulario I-130.

    ¿Qué ocurre después de presentar la solicitud?

    Recibirás un acuse de recibo confirmando la recepción. Si está incompleta, podría ser rechazada o requerir más información. Una vez aprobada tu petición familiar, se envía al Centro Nacional de Visas (NVC) y se notifica cuando sea tiempo de solicitar las visas de inmigrantes.

    ¿Qué sucede con la familia del familiar que solicité?

    En muchos casos, cuando llegue el turno de visa del familiar, el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años pueden solicitar la visa. Si el familiar ya está en EE. UU., pueden ajustar el estatus con el Formulario I-485.

    ¿Cuánto tiempo tardará USCIS en procesar mi solicitud?

    El tiempo de procesamiento varía según múltiples factores. Consulta los tiempos de tramitación actuales en el sitio web de USCIS o busca la ayuda de un abogado de inmigración para hacer un seguimiento preciso del progreso de tu solicitud.

    Conclusión

    Reunirte con tus seres queridos a través de una petición familiar es esencial en el contexto de la ley migratoria de estadounidense. Sin embargo, recuerda que la este beneficio no otorga de inmediato el derecho de vivir o trabajar en el país, sino que establece una prioridad en la lista de espera.

    Por esto, es esencial obtener asistencia legal para continuar con el proceso y asegurar el futuro de tus seres queridos en su nuevo hogar. En Jaskot Law estamos aquí para brindarte la ayuda que necesitas. Contáctanos hoy mismo y da el primer paso hacia la reunificación familiar. Tu familia merece estar junta, y estamos aquí para hacerlo realidad.

    Fuentes

    USCIS – ¿Cómo puedo ayudar a mi familiar a convertirse en un residente permanente de Estados Unidos?

    USCIS – Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero

    USCIS – Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus

    USCIS – Tablas del Boletín de Visas sobre Presentación de Ajuste de Estatus

    usa.gov – Solicitar la residencia permanente o “Green Card” para un familiar