Título 8: el día después del Título 42

Como ya todos sabemos, este 11 de mayo se dará oficialmente el fin del Título 42, la polémica medida antiinmigratoria de la era Trump. Mucho se ha dicho sobre el fin de esta medida de la era del COVID 19, que ha tenido sus idas y vueltas en las cortes y que, a pesar de las intenciones de la administración Biden, se ha mantenido durante prácticamente toda su gestión.

Ahora bien, la pregunta que todos se hacen es: ¿Qué sigue luego de terminado el Título 42? ¿Qué medidas tomará la administración Biden ante la inminente crisis migratoria en la frontera sur de Estados Unidos? Todo esto pareciera tener una respuesta: el Título 8 Estados Unidos.

Hoy, los abogados de inmigración de Jaskot Law analizan qué es el Título 8 en Estados Unidos y cuáles son las medidas que tomará la administración Biden luego del fin del Título 42.

Tabla de Contenidos

    ¿Qué es el Título 8 en Estados Unidos?

    El Título 8 es una sección de la ley de inmigración de los Estados Unidos que establece las regulaciones y procedimientos para la entrada y permanencia de extranjeros en el país. Cabe destacar que el Título 8 existe desde hace años y está vigente en la política migratoria del país desde antes de 2020.

    Esta norma incluye disposiciones sobre la elegibilidad para visas y la admisión a los Estados Unidos, así como los criterios para la deportación y la exclusión de personas que no cumplan con los requisitos correspondientes. También establece las responsabilidades y autoridades de las agencias gubernamentales encargadas de hacer cumplir las leyes de inmigración.

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    El Título 8 es la normativa que disposiciones sobre la elegibilidad para visas, la admisión y los criterios para la deportación de Estados Unidos

    En resumen, el Título 8 es una sección importante de la ley de inmigración de los Estados Unidos que establece las normas y procedimientos para la entrada y permanencia de extranjeros en el país, y regula la aplicación de estas leyes por parte de las agencias gubernamentales correspondientes.

    Es importante tener en cuenta que, bajo el Título 8, los inmigrantes que crucen la frontera de manera ilegal enfrentarían consecuencias mucho más graves, ya que serían inmediatamente deportados en virtud de lo que dicta esta normativa migratoria. Por esto, es sumamente recomendable contar con la ayuda de un abogado de inmigración con experiencia en casos de asilo que pueda guiarlo en este difícil proceso. 

    En Jaskot Law podemos ayudarte. Comunícate con nosotros al +1 (410) 235-6868 o a través de [email protected].

    ¿Cuál es la diferencia entre el Título 42 y el Título 8 en Estados Unidos?

    Como hemos visto, tanto el Título 8 como el Título 42 son medidas que restringen fuertemente el acceso de los inmigrantes solicitantes de asilo, sobre todo a través de la frontera sur de Estados Unidos.

    Ahora bien, a pesar de estas similitudes, no hay que confundirse: se trata de dos normativas bastante diferentes. El Título 42 fue aplicado bajo el mandato del expresidente Donald Trump, con el objetivo de expulsar a los migrantes que tratasen de ingresar a Estados Unidos de forma ilegal y, bajo esta medida, los retenidos en la frontera eran repatriados a México o, en algunos casos puntuales, a sus países de origen.

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    El Título 42 fue aplicado por el expresidente Donald Trump bajo el pretexto de contener el avance del COVID-19

    Ahora, bajo el Título 8, los agentes fronterizos entrevistarán a los inmigrantes, quienes deberán argumentar si tienen una razón de fuerza mayor para ingresar al país, tal como puede ser el tratamiento de una enfermedad o el cuidado de familiares en estado grave. En caso de no poder demostrar esto, la deportación será inmediata.

    Por otro lado, los solicitantes de asilo podrán ser admitidos en el país si, si pueden demostrar la existencia de temor creíble de persecución por raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opinión política. 

    Sin embargo, según lo estipula el Título 8, en primera instancia solo se les permitirá residir en Estados Unidos mientras se cumple el protocolo legal correspondiente, por lo que su estadía en el país no está garantizada, aunque hayan entrado de manera legal.

    ¿Qué sigue ahora con el Título 8 en Estados Unidos?

    Por otro lado, la administración Biden ha anunciado una serie de medidas y políticas migratorias que acompañarán a la aplicación del Título 8 ante la inminente crisis en la frontera sur de Estados Unidos que acompañaría el fin del Título 48.

    Por esto, revisaremos algunas de estas medidas que buscan aliviar la ya complicada situación en la frontera sur del país y dar más facilidades y vías de acceso legal a los migrantes que buscan ingresar a los Estados Unidos.

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    La administración Biden ha anunciado una serie de medidas y políticas migratorias que acompañarán a la aplicación del Título 8

    Apertura de Centros Regionales de Procesamiento en América Latina

    Tal como anunció la administración Biden en abril de este año, se crearán nuevos Centros Regionales de Procesamiento en Colombia y Guatemala, dos países por los que suelen pasar los inmigrantes en su camino hacia la frontera entre Estados Unidos y México.

    Estos Centros de Procesamiento operarán como “socios internacionales” y tendrán la función de filtros administrativos donde los inmigrantes serán entrevistados cada mes para verificar si cumplen con los requisitos del programa de refugiados de Estados Unidos.

    Nuevos procesos de tipo “parole”

    Según informó el Departamento de Estado, el Departamento de Seguridad de los Estados Unidos (DHS) está trabajando en el establecimiento de nuevos procesos de tipo “parole” para ciudadanos cubanos, haitianos y nicaragüenses. 

    Estas medidas se basan en procesos exitosos para ciudadanos venezolanos y ucranianos, los cuales combinan vías seguras, ordenadas y legales para ingresar a los Estados Unidos e incluyen también la posibilidad de obtener el permiso de trabajo. 

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    El Departamento de Seguridad de los Estados Unidos (DHS) está trabajando en el establecimiento de nuevos procesos de tipo “parole”

    Aplicación CBP One

    La aplicación CBP One funcionará como un nuevo mecanismo para la programación de citas para presentarse en los puertos de ingreso con el fin de facilitar la organización de los inmigrantes que llegan a los puestos fronterizos. Además, CBP One se usará para ayudar a asegurar el procesamiento seguro y ordenado en los puertos de ingreso.

    Sin embargo, ya han habido problemas debido a la alta demanda de citas, lo cual ha provocado la separación de muchas familias de migrantes en la frontera y un retraso importante en las solicitudes de asilo en Estados Unidos.

    Ampliación del uso de la expulsión acelerada

    El DHS está trabajando para ampliar el proceso de “expulsión acelerada», a través del cual, tal como está estipulado por el Título 8 en Estados Unidos, se deportará inmediatamente a todo inmigrante que cruce la frontera de manera ilegal. 

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    A través del proceso de “expulsión acelerada» se deportará inmediatamente a todo inmigrante que cruce la frontera de manera ilegal. 

    Nuevos recursos y procedimientos legales para inmigrantes

    Si bien aún se desconoce cuáles serán y cómo podrán solicitarse, la administración Biden ha anunciado que, junto con las restricciones que traerá el Título 8, se anunciarán nuevas vías legales para ingresar a los Estados Unidos. 

    En Jaskot Law estamos atentos a estos anuncios y los comunicaremos en nuestro blog apenas haya novedades al respecto. Además, si necesitas ayuda para regularizar tu estatus o buscas formas para ingresar legalmente al país, uno de nuestros abogados puede ayudarte. Comunícate con nosotros al +1 (410) 235-6868 o a través de [email protected].

    Conclusión

    El final del Título 42 puede ser un hito importante para la comunidad migrante, ya que la polémica medida de la era del COVID-19 representó un difícil obstáculo para los solicitantes de asilo.

    Sin embargo, no por esto hay que relajarse, ya que su “reemplazo”, el Título 8 también es una dura medida que contempla la deportación inmediata de los migrantes que sean encontrados cruzando la frontera de manera ilegal.

    Por otro lado, aunque el Título 8 y el Título 42 tienen similitudes en cuento al tratamiento estricto de aquellos que crucen la frontera ilegalmente, son dos normativas sumamente diferentes. 

    Y es que, si bien el Título 8 es sumamente estricto al respecto, también será acompañado por medidas y políticas migratorias que buscarán dar alivio a la inminente crisis migratoria en la frontera sur de Estados Unidos. 

    Finalmente, cabe destacar que, si bien algunas de estas medidas ya fueron definidas por el Departamento de Estado y el Departamento de Seguridad Nacional, resta dar a conocer los nuevos recursos legales que dará la administración Biden para ingresar a los Estados Unidos. Por esto, desde el blog de Jaskot Law estaremos atentos a las novedades acerca de estos nuevos recursos migratorios.

    Si necesitas ayuda para regularizar tu estatus o buscas formas para ingresar legalmente al país, en Jaskot Law podemos ayudarte. Comunícate con nosotros al +1 (410) 235-6868 o a través de [email protected].

    Fuentes

    CNN.

    Departamento de Estado de los Estados Unidos.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Qué es el Título 8 en Estados Unidos?

    El Título 8 es una sección de la ley de inmigración de los Estados Unidos que establece las regulaciones y procedimientos para la entrada y permanencia de extranjeros en el país. Esta norma incluye disposiciones sobre la elegibilidad para visas, la admisión a los Estados Unidos, así como los criterios para la deportación y la exclusión de personas que no cumplan con los requisitos correspondientes.

    ¿Cuál es la diferencia entre el Título 42 y el Título 8 en Estados Unidos?

    Ambas son medidas que restringen fuertemente el acceso de los inmigrantes solicitantes de asilo, sobre todo a través de la frontera sur de Estados Unidos. Sin embargo, el Título 42 fue aplicado bajo el mandato del expresidente Donald Trump con el objetivo de expulsar a los migrantes que tratasen de ingresar a Estados Unidos de forma ilegal, mientras que el Título 8 establece un procedimiento de entrevistas para los inmigrantes, quienes deberán argumentar si tienen una razón de fuerza mayor para ingresar al país. Por otro lado, los solicitantes de asilo podrán ser admitidos en el país si pueden demostrar la existencia de temor creíble de persecución.

    ¿Qué consecuencias enfrentan los inmigrantes que crucen la frontera de manera ilegal bajo el Título 8?

    Bajo el Título 8, los inmigrantes que crucen la frontera de manera ilegal enfrentarían consecuencias mucho más graves, ya que serían inmediatamente deportados en virtud de lo que dicta esta normativa migratoria.

    ¿Qué sucede con los solicitantes de asilo que entren a los Estados Unidos de manera legal bajo el Título 8?

    Los solicitantes de asilo podrán ser admitidos en el país si pueden demostrar la existencia de temor creíble de persecución por raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opinión política. Sin embargo, en primera instancia solo se les permitirá residir en Estados Unidos mientras se cumple el protocolo legal correspondiente, por lo que su estadía en el país no está garantizada, aunque hayan entrado de manera legal.

    ¿Qué medidas tomará la administración Biden ante la inminente crisis migratoria en la frontera sur de Estados Unidos?

    La administración Biden ha anunciado una serie de medidas y políticas migratorias que acompañarán a la aplicación del Título 8 ante la inminente crisis en la frontera sur de Estados Unidos que acompañaría el fin del Título 42. Estas medidas buscan aliviar la ya complicada situación en la frontera sur del país y se enfocan en la protección y bienestar de los migrantes, la reunificación familiar y la atención humanitaria.